Ciertamente es el derecho probatorio columna vertebral de todo proceso, pues por medio de las pruebas se determina la suerte que pueda tener el proceso, ya bien sabido es en el mundo jurídico el dicho que todo estudiante de derecho se aprende en primer semestre “dame la prueba y te daré el derecho”, pero hasta que punto es verdad dicha frase en nuestro medio, será que es la prueba el único factor decisivo en un proceso, o vale la pena reconsiderar el tema y proponer una critica al respecto?.
Se conoce bien el principio de inocencia que en el derecho penal le asiste a toda persona, el cual solo puede ser desvirtuado a través de una sentencia penal ejecutoriada, la cual debe estar fundamentada no solo jurídicamente, sino que también debe existir la plena certeza de la comisión de la conducta cual se demuestra con las pruebas aportadas por la fiscalía; pero hasta donde son las pruebas el fundamento de una sentencia, será que aparte de estas existe gran interferencia por parte del sentenciador, según el análisis subjetivo que este pueda tener del caso.
Puede pensarse en un caso donde las pruebas no tengan o arrojen la suficiente certeza para adoptar determinada decisión, pero aun así por un análisis subjetivo del juez, que pueda o no estar errado se tome una decisión condenatoria, entonces hasta donde es el principio de necesidad de la prueba tan influyente.
Siendo la prueba la base que le da solidez a una sentencia, para el caso tengamos el área penal, es cuestionable como a un sujeto que admite la culpabilidad en la comisión de determinada conducta punible se le condena por esta mera afirmación, podría pensarse, que se esta violando el principio de la necesidad de la prueba, pues pueda que el sujeto que acepte su culpabilidad tal vez no tenga un conocimiento jurídico amplio acerca de lo que significa autoria y además este aceptando ser el responsable y culpable sin que realmente lo sea, ya sea porque actúa bajo presión o porque no comprende el alcance de autoria y hasta donde su conducta fue decisiva en el resultado del delito, vemos entonces que el juez en este caso toma una decisión con base en una afirmación que puede estar viciada por x o y motivo, entonces donde queda el principio de necesidad de la prueba y el de certeza para fallar, quizás la practica de varias pruebas que no se realizaron puedan demostrar que el sujeto es inocente.
Pasando a otro caso puede suceder que un sujeto inocente a quien se le atribuye la comisión de un delito, realmente no sea el culpable, pero no cuenta con las pruebas necesarias para demostrarlo, entonces ese principio de inocencia pueda ser un mero dicho de pasillo, pues eso de que la inocencia no se demuestra, se presume, no es del todo cierto, siendo así en todo proceso debe mediar un debate probatorio que tiene diferentes pretensiones por cada parte procesal, así tal vez tomar una decisión judicial con base en la culpabilidad que el mismo sujeto afirma tener para obtener una rebaja en la pena puesto que no ve posibilidades de ganar el proceso resulta ser riesgoso.
Otro aspecto relevante que se quiere resaltar en este ensayo es objetar la primacía de tanta formalidad sobre la veracidad sustancial que puedan arrojar las pruebas, si en un proceso se cuenta con una base probatoria sólida conocida por el juez, porqué generar un proceso dispendioso desgastante no solo para las partes sino también para el Estado, considero que el derecho debe ser mas pragmático, ágil y ajustado mas a la realidad que detallan las pruebas que a la formalidad que exige el proceso.
No se trata de sacrificar derechos para obtener pruebas, tampoco de imponer una tarifa legal y eliminar la labor interpretativa del juez, pero si advertir que cuando las pruebas evidencian un resultado claro no puede primar la interpretación subjetiva del juez, pues seria contraria a la realidad fáctica que es en esencia lo que trasciende en el derecho para alcanzar en lo posible la justicia., aunque esto ultimo sea un poco arriesgado decirlo, dado que es objeto de mucho análisis critico.
Por: NIL.